Logo MARN
SIMACC Sistema de Información, Monitoreo Ambiental y Cambio Climático

Zonificación Ambiental y los Usos del Suelo de la Unidad La Unión – Golfo de Fonseca

Imagen de Zonificación Ambiental y los Usos del Suelo de la Unidad La Unión – Golfo de Fonseca
Descripción

La zonificación de la Unidad La Unión – Golfo de Fonseca representa un modelo avanzado de ordenamiento ambiental costero, que integra ecología del paisaje, gestión del riesgo, conservación marina y desarrollo sostenible en un solo marco operativo. Al vincular rigurosamente el uso del suelo con la protección de ecosistemas estratégicos como los manglares, morrales y arrecifes, establece una barrera técnica y legal contra la degradación de una de las regiones más biodiversas y vulnerables de El Salvador. Es importante considerar que la presente zonificación considero el desarrollo de documentos Atlas para poder presentar un análisis a escala municipal (hoy distrital) de los municipios que conforman el área de interes de la ZAUS golfo de Fonseca: Conchagua, El Carmen, Intipucá, La Unión, Meanguera del Golfo, Pasaquina y San Alejo.

Mapas Disponibles


Golfo de Fonseca
Zonificación ambiental para la ZAUS de la golfo de Fonseca
Ver Mapa

Documentos Disponibles


ZAUS golfo de Fonseca
Anexo técnico de las Directrices para la Zonificación Ambiental y los Usos del Suelo de la Unidad La Unión – Golfo de Fonseca
Atlas para la ZAUS unidad Golfo de Fonseca
Documento atlas para toda la unidad del golfo de Fonseca
Atlas para la ZAUS del municipio de Conchagua
Documento atlas de ZAUS para el municipio de Conchagua
Atlas para la ZAUS del municipio de La Unión
Documento atlas de ZAUS para el municipio de La Unión
Atlas para la ZAUS del municipio de Meanguera del Golfo
Documento atlas de ZAUS para el municipio de Meanguera del Golfo
Atlas para la ZAUS del municipio de Intipucá
Documento atlas de ZAUS para el municipio de Intipucá
Atlas para la ZAUS del municipio de El Carmen
Documento atlas de ZAUS para el municipio de El Carmen
Atlas para la ZAUS del municipio de Pasaquina
Documento atlas de ZAUS para el municipio de Pasaquina
Atlas para la ZAUS del municipio de San Alejo
Documento atlas de ZAUS para el municipio de San Alejo

1. Metodología: un enfoque integrado de diagnóstico territorial, ecología del paisaje y gobernanza costera

La elaboración de las Directrices para la Zonificación Ambiental y los Usos del Suelo de la Unidad La Unión – Golfo de Fonseca se fundamenta en un enfoque técnico-participativo, multidimensional y territorial, alineado con los mandatos del Artículo 50 de la Ley del Medio Ambiente y su Reglamento General (Art. 71). La metodología se estructura en cuatro pilares interdependientes:

a) Diagnóstico multisectorial e integrado

Se realizó una caracterización exhaustiva del territorio, considerando variables bióticas, físicas, socioeconómicas y de riesgo natural, con énfasis en:

  • La naturaleza y características de los ecosistemas costeros y marinos (manglares, esteros, arrecifes, lagunas, morrales).
  • La vocación de cada zona en función de sus recursos naturales (pesca, acuicultura, turismo, agricultura).
  • La distribución de la población costera y la presión de actividades económicas.
  • El impacto acumulado de fenómenos naturales (marejadas, tsunamis, sequías) y actividades antrópicas (conversión de manglar, urbanización, contaminación).

b) Análisis espacial con Sistemas de Información Geográfica (SIG)

El proceso se ejecutó mediante el software ArcGIS, utilizando geoprocesos que permitieron:

  • Superponer y cruzar más de 15 capas temáticas, incluyendo recarga hídrica, amenazas geológicas, áreas protegidas y conectividad ecológica.
  • Delimitar 12 zonas ambientales y 52 categorías de uso del suelo, agrupadas por comportamiento homogéneo y requerimientos de manejo similares.

c) Integración de la ecología del paisaje mediante MSPA

Un componente innovador del enfoque es la aplicación del Análisis Morfológico del Patrón Espacial (MSPA), que permite:

  • Identificar áreas núcleo, bordes, corredores, islas, perforaciones y puentes en ecosistemas boscosos y morrales.
  • Evaluar la fragmentación y conectividad ecológica a escala de paisaje.
  • Establecer criterios específicos para la compensación ambiental in situ, priorizando la restauración que amplíe núcleos principales o refuerce corredores biológicos.

d) Formulación de lineamientos de actuación diferenciados

Para cada categoría de uso del suelo y zona ambiental, se definieron actividades permitidas, permitidas con restricción y no permitidas, con un enfoque preventivo y de gestión del riesgo.

2. Información recopilada y fuentes de datos

El proceso se sustentó en una base cartográfica robusta, generada o validada por el MARN y otras instituciones:

Categoría Fuentes clave
Cobertura y uso del suelo Mapas elaborados en la consultoría “Zonificación Ambiental de la Unidad La Unión – Golfo de Fonseca” (MINEC-MARN, 2018)
Ecología costera Inventario Nacional de Humedales (2017), mapas de manglar, arrecifes, zonas de anidación de tortugas
Amenazas naturales Susceptibilidad a inundaciones (2014), peligrosidad por tsunami (2011), sequía hidrológica (2005)
Protección legal Áreas Naturales Protegidas, sitios Ramsar, zona de reserva acuática (1 milla náutica)
Conectividad ecológica Redes de conectividad estructural (MARN, 2019), MSPA aplicado a la región
Hidrología y acuíferos Mapa de recarga hídrica (FORGAES, 2005), vulnerabilidad de acuíferos (MARN, 2018)
Topografía y relieve Modelo Digital de Elevación LIDAR (2019)

Esta información permitió construir un modelo territorial dinámico, capaz de orientar decisiones de conservación, desarrollo y mitigación de riesgos.

3. Criterios para la aplicación del procedimiento establecido

3.1. Delimitación de zonas ambientales clave

Las 12 zonas ambientales incluyen categorías emblemáticas como:

  • Máxima protección: ecosistemas frágiles con alta biodiversidad (manglares, arrecifes, morrales, bosques costeros).
  • Protección y aprovechamiento condicionado: acuicultura sostenible, pesca artesanal, turismo de bajo impacto.
  • Protección y aprovechamiento acuático: zona de reserva acuática (1 milla náutica) y pesca artesanal (3 millas náuticas).
  • Zona edificada insular: islas Meanguera y Martín Pérez, con regulaciones especiales.
  • Rehabilitación: áreas degradadas con potencial de recuperación ecológica.

3.2. Matriz de usos del suelo y condicionantes

Gran tipo de ecosistema Categorías representativas
Ecosistemas naturales boscosos Bosques caducifolios, coníferas, galería, manglar alto/bajo, morrales
Ecosistemas naturales no boscosos Playas, dunas, pantanos, lagunas, farallones, pastos naturales
Agroecosistemas Cafetal, cultivos anuales, caña de azúcar, pastos cultivados, perímetro acuícola
Tejidos edificados Edificado continuo/discontinuo, parcelaciones, instalaciones de interés
Suelos impactados Escombreras, áreas de extracción, minas y canteras

3.3. Criterios para la compensación ambiental in situ

  • Priorización de sitios: compensación en áreas que amplíen núcleos principales, refuercen corredores o rehabiliten perforaciones.
  • Cuantificación del impacto: porcentajes máximos de intervención según ecosistema (25% en bosques montanos, 30% en morrales-núcleo, 35% en fragmentos).
  • Requerimientos técnicos: análisis MSPA actualizado (1:10,000) con verificación de flora y fauna.

4. Consideraciones para la interpretación

4.1. Carácter vinculante y jerarquía normativa

Las Directrices son obligatorias para el Gobierno Central, los municipios y los órganos de planificación territorial.

4.2. Flexibilidad para proyectos de interés público

Proyectos públicos no expresamente permitidos pueden someterse a evaluación ambiental si están técnicamente justificados.

4.3. Protección de la conectividad ecológica

Los proyectos no deben fraccionar corredores ni perforar áreas núcleo; se requieren pasos de fauna y puentes ecológicos.

4.4. Enfoque de gestión de riesgo costero

  • Modelación hidráulica y de oleaje
  • Planes de manejo de riesgo y evacuación
  • Prohibición de nuevas construcciones en la franja de 100 m desde marea alta

4.5. Integración con la zonificación marina

  • 1 milla náutica → zona de reserva acuática
  • 3 millas náuticas → pesca artesanal exclusiva